LA JUSTICIA EUROPEA AVALA PROHIBIR A LOS HOMOSEXUALES DONAR SANGRE

La Justicia europea considera que puede estar justificado prohibir donar sangre a homosexuales. 


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En una sentencia dictada este miércoles, el Tribunal de Justicia de la UE cree que, para ello, "es preciso demostrar que estas personas están expuestas a un riesgo elevado de contraer enfermedades infecciosas graves, como el VIH, y que no existen técnicas eficaces de detección o métodos menos coercitivos para garantizar un alto nivel de protección de la salud de los receptores".
El fallo responde a una cuestión prejudicial presentada por el tribunal administrativo de Estrasburgo (Francia), que tramita el litigio planteado por un ciudadano francés al que no se permitió donar sangre por haber tenido una relación sexual con otro hombre. El derecho galo excluye permanentemente de la donación de sangre a los hombres que han tenido estas relaciones. El tribunal francés preguntaba si esa exclusión es compatible con la directiva de la UE que regula los requisitos técnicos de la sangre y los componentes sanguíneos.
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La sentencia declara que el tribunal remitente debe determinar si en Francia un hombre que ha tenido relaciones homosexuales está expuesto a un elevado riesgo de contraer enfermedades infecciosas graves transmisibles por la sangre, teniendo en cuenta la situación epidemiológica de Francia. Allí, en el periodo entre 2003 y 2008, la práctica totalidad de las contaminaciones por el VIH se debió a una relación sexual y la mitad de las nuevas contaminaciones afectan a homosexuales. Entre todos los países de Europa y de Asia central, Francia es el que presenta una mayor prevalencia del VIH entre los hombres homosexuales, según recoge el fallo.
Pese a ello, el Tribunal admite que la normativa francesa "puede entrañar una discriminación por razón de la orientación sexual en contra de las personas homosexuales de sexo masculino". No obstante, señala que su objetivo es "que el riesgo de transmisión de una enfermedad infecciosa a los receptores sea mínimo y, por tanto, responde al objetivo general de garantizar un alto nivel de protección de la salud".

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En todo caso, la sentencia alerta de que la prohibición a los homosexuales de donar sangre "podría no respetar el principio de proporcionalidad" ya que "no cabe excluir la posibilidad de que el VIH pueda detectarse mediante técnicas eficaces que garanticen un alto nivel de protección de la salud de los receptores". Por ello, pide al tribunal nacional que verifique si existen estas técnicas.
De no existir tales técnicas, el Tribunal de Justicia reclama verificar si hay "métodos que garanticen un alto nivel de protección de la salud de los receptores y sean menos coercitivos que la exclusión permanente de la donación de sangre y, en particular, si el cuestionario y la entrevista personal a cargo de un profesional sanitario pueden permitir identificar con más precisión las conductas sexuales de riesgo".

 

 Rechazo de la comunidad gay

La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) ha respondido diciendo que esta prohibición es "profundamente discriminatoria" porque el riesgo de contagio de enfermedades como el VIH "está en las prácticas, no en la orientación sexual de las personas'"
Uno de los portavoces de la FELGTB, José Luis Latorre, considera que "la norma francesa entraña una verdadera discriminación por razón de orientación sexual y además esta discriminación va centrada exclusivamente en personas de sexo masculino que mantienen relación con otros hombres". "No existen orientaciones con riesgo, lo que hay son prácticas de riesgo, pero tener una orientación u otra no conlleva ningún tipo de peligrosidad", ha añadido.
Desde COLEGAS, su presidente, Paco Ramírez, considera "injusta, discriminatoria y peligrosa" la sentencia porque sitúa de nuevo al colectivo en "la diana del odio" de una parte de la sociedad.
"Esta sentencia además de injusta y discriminatoria es peligrosa al dar argumentos a la minoría de violentos de la sociedad que aún no acepta la diversidad sexual para volver a ser diana del odio y podrían incrementar la discriminación y las agresiones en la sociedad. También dará alas a las teorías de la conspiración que nos señalan como iniciadores y propagadores de la pandemia del SIDA", apunta Ramírez.
Desde CCOO consideran esta sentencia "una aberración", que va en contra de los derechos de las personas LGTB, ya que, entre otras cosas, "da por hecho que los hombres homosexuales por el mero hecho de ser homosexuales realizan prácticas de riesgo por las que obligatoriamente pueden padecer enfermedades que pongan en peligro a personas receptoras de su sangre".

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 Médicos españoles, en contra

El presidente de la Organización Médica Colegial (OMC), Juan José Rodríguez Sendín, ha señalado que ser homosexual no puede ser una causa para ser excluido de donar sangre, sino el hecho de padecer una determinada enfermedad, independientemente de la condición sexual del donante.
"Es un tema delicado, lo tengo que ver", ha indicado el presidente de los médicos, quien ha dicho no entender "que tenga que haber una excepción por ser homosexual". A su juicio, "lo que vale" es que el donante no tenga ningún tipo de enfermedad, sea homosexual o no. "Todas las personas pueden ser candidatas a tener todas las enfermedades", ha subrayado.
Tras insistir en que "a priori" no se entiende cuál es la justificación de esa exclusión, Sendín ha incidido en que "si es porque tienen prácticas de riesgo, también las pueden tener otros ciudadanos que no son homosexuales". Según Rodríguez Sendín, se puede ser homosexual o heterosexual y tener comportamientos más o menos de riesgo, "pero no son inherentes a una condición, probablemente tenga que ver más con la forma de ser de cada cual".

Conclusión 
Sin duda, las donaciones de sangre deben estar sometidas a todos los controles para evitar contagios. Pero fijar limitaciones por el simple hecho de ser homosexual y no en virtud de la enfermedad contagiosa que alguien pueda padecer aunque no lo sea parece prejuicio discriminatorio. También es verdad que el contagio por VIH tiene una ventana de riesgo desde que se ha producido hasta que puede ser detectado en sangre. Pero esa realidad llevaría a fijar rígidos protocolos que salven ese periodo en personas que hayan mantenido relaciones sexuales de riesgo, en todas y no sólo en los homosexuales. Y, en todo caso, la precaución en una circunstancia puntual no debería llevar a una prohibición general y de por vida. Por último, es preocupante que una limitación de este tipo genere protocolos que obliguen a los ciudadanos a confesar su orientación sexual en un acto médico, cosa que vulnera totalmente el derecho a la intimidad. 

Daniel Moya Perea 1ºbachillerato a distancia







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